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Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Cuerpo de Bomberos del Cantón Nangaritza

Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del estado que conforman el sector público en los términos del artículo 225 de la Constitución de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley, se la considera de naturaleza obligatoria:
 

FASE 1: PLANIFICACION Y FACILITACIÓN DEL PROCESO DESDE LA ASAMBLEA CIUDADANA

1.-Corformacion de equipo de Rendicion de Cuentas.

2.- Asamblea ciudadana

2-1 Acta de designaciòn de representantes de la asamblea ciudadana

3.- Formulario de consulta ciudadana.

 4.- Conformación equipo técnico mixto paritario.

5.- Conformación Subcomisiones.


FASE 2: EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN Y REDACCIÓN DEL INFORME DE LA INSTITUCIÓN

1.- Gestion Institucional.- acta de reunión de la comisión lideradas por CBC

 2.- Redaccion del informe para la ciudadania en el cual se responden las demandas de la ciudadania

 3.- aprobaciòn del Informe de rendiciòn de cuentas por el BCBCN

4.- entrega previa del informe a la comision liederada por la ciudadania.

FASE 3: DELIBERACIÓN PUBLICA Y EVALUACIÓN CIUDADANA DEL INFORME INSTITUCIONAL

1.- Informe de rendición de cuentas.

2.- Deliberación Pública.

2.1.- Acta de Sugerencias y Recomendaciones

2.3. Plan de Trabajo

3.- Informe final al sistema del CPCCS.

 4.- Formulario RC 2023.